La Corte Suprema rechaza los recursos de la defensa
La Corte Suprema de Justicia de Argentina desestimó un planteo de la defensa y de ese modo confirmó que el juicio oral y público se llevará adelante para 18 acusados por el incendio de 2014 en el depósito de Iron Mountain en el barrio de Barracas. Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron los recursos presentados por las defensas de tres imputados —Eduardo Alfredo Sueyras Parra, Guillermo Lockhart y Matías Marquina—, que buscaban que se declarara la prescripción y la violación de la garantía de plazo razonable. El tribunal consideró que los recursos no cumplían con los requisitos procesales que rigen esas presentaciones.[S1][S2]
El incendio y el derrumbe que mató a diez personas
En la mañana del 5 de febrero de 2014 se inició un incendio en el depósito que Iron Mountain tenía en la calle Azara 1245, en Barracas, donde la empresa guardaba documentación de distintas compañías. Después de que sonara la alarma de incendio, tres empleados intentaron apagar las llamas. Una hora más tarde, mientras bomberos y personal de Defensa Civil combatían el fuego, una de las paredes se derrumbó. El derrumbe mató a ocho bomberos y dos rescatistas de Defensa Civil: Leonardo Day, Anahí Garnica, Eduardo Conesa, Damián Véliz, Maximiliano Martínez, Juan Monticelli, José Luis Méndez Araujo, Sebastián Campos, Pedro Báricola y Franco Ambrosi.[S1][S2]
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Los cargos y el camino al juicio
En diciembre de 2022, la Cámara del Crimen confirmó el procesamiento de los 18 acusados por los delitos de incendio culposo seguido de muerte y lesiones culposas. Según esa resolución, hubo falencias gubernamentales en el control del funcionamiento del depósito de la empresa. Entre los acusados hay directivos de Iron Mountain y exfuncionarios del gobierno de la ciudad de Buenos Aires de la Dirección General de Fiscalización y Control. Con la causa en instancia de juicio, el 28 de abril de 2025, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N.º 18 rechazó los planteos de extinción de la acción penal por prescripción y los pedidos de insubsistencia de la acción penal por violación de la garantía de plazo razonable. En junio de ese año, la Sala de Turno de la Cámara Nacional de Casación Penal ratificó esa decisión.[S1][S2]







