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Argentina··4 min de lectura·

Casación dejó firme el archivo de la causa contra Macri por el acuerdo con el FMI

El tribunal confirmó el cierre de la denuncia por el préstamo de u$s57.100 millones y rechazó el intento de un ciudadano de mantener la impugnación

Casación dejó firme el archivo de la causa contra Macri por el acuerdo con el FMI
Image: Presidencia de la Nacion Argentina vía Wikimedia Commons (CC BY 2.5 ar) — by
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Casación cierra la causa por el préstamo del FMI

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal dejó firme el archivo de la denuncia contra el expresidente Mauricio Macri y exfuncionarios de su gobierno por el acuerdo de u$s57.100 millones con el Fondo Monetario Internacional. La decisión se produjo después de que Raúl Omar Pleé, fiscal general ante ese tribunal, desistiera del recurso que pretendía revertir el cierre. La causa había examinado si el endeudamiento de la gestión de Cambiemos se usó para financiar la fuga de capitales y si funcionarios o terceros obtuvieron beneficios económicos indebidos.[S1]

El tribunal, integrado por los jueces Javier Carbajo, Gustavo Hornos y Mariano Borinsky, tuvo por desistida la queja fiscal y rechazó una presentación separada de Antonio Conrado De Martino, quien había intentado adherir al recurso del Ministerio Público. La resolución no consistió en un análisis de fondo de Casación, sino en el abandono de la impugnación por parte de la fiscalía.[S1][S2]

Qué sostenía la denuncia

La investigación se había abierto para analizar posibles delitos de abuso de autoridad, incumplimiento de los deberes de funcionario público, administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública y malversación de caudales públicos. Además de Macri, en su carácter de presidente, el expediente abarcaba las actuaciones de Federico Sturzenegger, Luis Caputo y Guido Sandleris, quienes se desempeñaron sucesivamente al frente del Banco Central; Nicolás Dujovne, exministro de Hacienda; y Gustavo Cañonero, Verónica Rappoport, Enrique Szewach y Mauro Alessandro, integrantes del Comité de Política Monetaria de la autoridad monetaria.[S1]

El objetivo era determinar si el préstamo del FMI había sostenido un proceso de formación de activos externos que, sin ese ingreso de divisas, no habría podido continuar en las mismas condiciones. El fallo describió el objeto de la investigación como la posibilidad de que se hubiera iniciado un ciclo de endeudamiento no destinado a los fines declamados formalmente en los documentos suscriptos con el FMI, sino primordialmente a obtener divisas para su posterior fuga. La denuncia también buscaba establecer si esa operatoria había provocado un perjuicio para el Estado y si los funcionarios intervinientes habían obtenido ventajas económicas indebidas.[S1][S2]

Por qué el fiscal abandonó el recurso

El punto central de la resolución es el dictamen de Pleé, quien el 14 de octubre desistió de la queja presentada por el fiscal general ante la Cámara Federal porteña. El representante del Ministerio Público consideró que las hipótesis de la acusación no se desprendían de manera lógica de las pruebas reunidas y que tampoco se habían propuesto medidas concretas capaces de sostener la continuidad de la investigación. En su dictamen afirmó que las hipótesis presentadas por el fiscal de instrucción no se corresponden con inferencias lógicas de las constancias de la causa, obtenidas luego de una extensa investigación.[S1][S2]

Pleé también cuestionó la falta de precisión sobre cómo avanzar en la reconstrucción del recorrido de los fondos. Sostuvo que la discusión no pasaba por el resultado que los fiscales pretendían alcanzar, sino por las diligencias necesarias para conseguirlo, y señaló que el fiscal de primera instancia, Franco Picardi, había cuestionado de manera genérica la falta de trazabilidad del dinero sin explicar cómo superar esa dificultad. El fiscal agregó que la acusación confundía la falta de respaldo contable con la existencia de una infracción legal concreta, y concluyó que las medidas realizadas y la información recolectada durante cinco años permitían concluir que no se había infringido norma penal alguna, de modo que no correspondía continuar con el trámite de las actuaciones.[S1][S2]

Las resoluciones previas y el planteo del ciudadano

El archivo había sido dispuesto el 2 de febrero de 2026 por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N.º 5, en los términos del artículo 195 del Código Procesal Penal de la Nación. El 4 de septiembre, la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal confirmó el archivo, y el 25 de septiembre declaró inadmisible el recurso de casación presentado por el fiscal general ante esa Cámara. La acusación acudió entonces en queja ante Casación, pero Pleé desistió de esa presentación.[S1][S2]

La Cámara rechazó la presentación de De Martino porque no era parte formal del expediente ni había sido constituido como querellante. Se había limitado a adherir a una presentación del Ministerio Público ante Casación, un paso accesorio que dependía de la existencia de un recurso principal concedido y en trámite. Como el recurso fiscal había sido declarado inadmisible y Pleé desistió luego de la queja, y como De Martino no había presentado una impugnación independiente, el tribunal concluyó que no existía una vía recursiva válida para sostener su planteo. Los magistrados también consideraron que el particular no había demostrado un perjuicio directo y personal derivado de los hechos investigados, y remitieron las actuaciones al Colegio Público de Abogados para que evaluara la conducta profesional de su letrado.[S2]

Fuentes: Ambito · A24
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LO QUE DICEN
  • las hipótesis presentadas por el fiscal de instrucción no se corresponden con inferencias lógicas de las constancias de la causa, obtenidas luego de una extensa investigación
    Raúl Omar PleéFiscal general ante Casaciónvía Ambito

    El fiscal explicó por qué abandonó el recurso, al sostener que la acusación no se desprendía lógicamente de cinco años de pruebas.

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