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Noticias Nacionales··3 min de lectura·

Una jueza bonaerense suspendió por 60 días la ley de imputabilidad a los 14 años

La Justicia frenó la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil por falta de infraestructura.

Una jueza bonaerense suspendió por 60 días la ley de imputabilidad a los 14 años
Image: Guillermo Berlin / Pexels — pexels
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La jueza ordena la suspensión preventiva

El lunes, la jueza Marta Elba Pascual, titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2 de Lomas de Zamora, ordenó la suspensión preventiva por 60 días del nuevo Régimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires. La medida respondió a un hábeas corpus colectivo presentado por la Federación Familia Grande Hogar de Cristo en representación de adolescentes privados de libertad. El fallo se conoció apenas dos días después de la entrada en vigencia nacional de la Ley 27.801, que baja la edad de imputabilidad de 16 a 14 años.[S1][S2][S3]

La decisión de la jueza se centra en la capacidad de la provincia para implementar el nuevo sistema. En su fallo, Pascual cuestionó si el Estado puede ampliar el universo de adolescentes sometidos al sistema de responsabilidad penal sin crear las condiciones materiales, institucionales y profesionales indispensables para cumplir los estándares constitucionales y convencionales que rigen toda privación de libertad durante la adolescencia. Argumentó que la reforma provocará un aumento considerable en la cantidad de menores detenidos, tanto por los nuevos ingresos como por la mayor permanencia en los centros de detención.[S1][S2][S4]

Preocupación por las condiciones de detención

Para justificar la suspensión, el tribunal tomó como referencia las inspecciones realizadas en el Centro Socioeducativo para la Privación de la Libertad Ambulatoria de Lomas de Zamora, donde previamente se había establecido un límite máximo de 60 adolescentes alojados por no cumplirse los estándares mínimos. Aunque el fallo reconoció mejoras recientes en infraestructura, agua potable y alimentación, señaló faltas persistentes en el acceso efectivo a la educación, la formación profesional, el ámbito laboral y la limitación de los tiempos de aislamiento. Estas deficiencias fueron calificadas como recurrentes en diversos dispositivos de la provincia, según información del propio Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia.[S1][S4][S6]

La jueza advirtió que el hacinamiento inevitablemente incrementa los niveles de inseguridad y violencia dentro de los propios establecimientos. Explicó que las condiciones de detención influyen de manera directa en los niveles de violencia con los que los adolescentes recuperarán la libertad una vez cumplidas sus penas. El fallo también subrayó que el Poder Judicial no puede esperar a que la violación de derechos se produzca para intervenir, cuando cuenta con elementos de juicio que hacen presumir razonablemente que ello sucederá, apoyándose en el principio precautorio.[S3][S4][S6]

Reacciones políticas y próximos pasos

El fallo generó una rápida reacción política. La senadora Patricia Bullrich, libertaria y exministra de Seguridad, cuestionó al gobernador Axel Kicillof a través de la red social X, acusándolo de ponerse del lado de los delincuentes mientras los bonaerenses viven enrejados, con miedo y sin seguridad. También criticó a la Justicia provincial por considerarla garantista, dejando libres a los delincuentes para que sigan robando, asesinando y destruyendo familias.[S3]

La jueza convocó a una audiencia para el próximo 16 de septiembre a las 10, en la que deberán presentarse funcionarios del Poder Ejecutivo provincial responsables de la implementación de la norma para explicar qué medidas adoptaron, cuáles proyectan y en qué plazos. El Ministerio de Seguridad, el organismo provincial de Niñez y el Ministerio de Justicia bonaerenses quedaron a cargo de garantizar el cumplimiento de la suspensión mientras dure la medida. La Ley 27.801, publicada en el Boletín Oficial en marzo, establece un máximo de 15 años de privación de la libertad, prohíbe las penas perpetuas e incorpora el monitoreo electrónico como sanción autónoma.[S3][S6]

Fuentes: Clarin · Noticiasargentinas · TN · Ambito · PerfilVer fuentes
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LO QUE DICEN
  • Se debe resolver si el Estado puede ampliar el universo de personas adolescentes sometidas al sistema de responsabilidad penal sin crear las condiciones materiales, institucionales y profesionales indispensables para cumplir los estándares constitucionales y convencionales que rigen toda privación de la libertad durante la adolescencia
    Marta Elba PascualJueza del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2vía Clarin

    La jueza cuestiona si el Estado puede ampliar la población adolescente en el sistema penal sin condiciones adecuadas.

Temas
Régimen Penal JuvenilBuenos AiresImputabilidadSuspensión judicialDerechos de la infancia
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